Se ha publicado en el BOE de 01/04/2010 el RD 404/2010 de 31 de marzo por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.
Se beneficiarán las empresas que hayan realizado inversiones, documentadas, en instalaciones, equipos o procesos, para prevenir riesgos laborales. El volumen mínimo de cuotas por contingencias profesionales de la empresa debe ser de 5000 euros (para las empresas de pequeña dimensión 250 euros)durante el periodo de observación, que es el lapso temporal que se toma como referencia para examinar la actuación de la empresa, y que suele ser el año inmediatamente anterior, aunque puede retrotraerse hasta un máximo de 4 años. . La empresa debe acreditar una siniestralidad más baja que la establecida en la norma, según una serie de coeficientes, y además no debe haber sido sancionada por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, según la Ley 5/2000 de Infracciones y Sanciones del Orden Social. La cuantía de la bonificación puede alcanzar hasta el 10% del importe de la cuota por contingencias profesionales, con el límite del coste de las inversiones realizadas en el programa de disminución de la siniestralidad laboral, al que antes nos hemos referido. En la norma se establecen los modelos de solicitud de las bonificaciones y se especifican detalladamente los requisitos de obligatorio cumplimiento. Todo incentivo a la empresa en materia de prevención de riesgos laborales es una buena noticia y un beneficio a la propia empresa, a sus trabajadores y a toda la sociedad. Consulte la norma en el BOE y si tiene cualquier duda puede contactar con AKER PREVENCIÓN.
|