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Importante: NUEVO DECRETO DESFIBRILADORES OBLIGATORIOS COMUNIDAD DE MADRID

La Comunidad de Madrid ha publicado en el Boletín Oficial de la CAM con fecha 14/09/2017 el Decreto 78/2017 relativo a la instalación y uso de desfibriladores fuera del ámbito sanitario. Será obligatoria su implantación el 15/09/2018.

Están obligados a disponer de desfibrilador:

Grandes establecimientos comerciales con superficie de exposición y venta superior a 2.500 metros cuadrados.

Aeropuertos.

Estaciones de autobús y tren en poblaciones de más de 50.000 habitantes; estaciones de metro, tren y autobús con afluencia media de 5.000 personas/día.

Establecimientos públicos con aforo igual o superior a 2.000 personas.

Estableciemientos de la Administración Pública en poblaciones de más de 50.000 habitantes y afluencia media igual o supeior a 1.000 personas /día.

Instalaciones, centros o complejos deportivos con usuarios diarios igual o superior a 500 personas.

Establecimientos hoteleros de más de 100 plazas.

Centros educativos.

Centros de trabajo con más de 250 trabajadores.

Los centros residenciales de mayores con al menos 200 plazas de residentes.

El personal que utilice los desfibriladores deberá tener una formación inicial y cointinuada en su uso.Recomendamos que aquellas entidades que estén incluidas en la norma vayan estudiando la implantación de estos sistemas, dado que la norma contempla en su día también la inspección de las instalaciones por parte de la Consejería de Sanidad y la imposición de sanciones por su incumplimiento.

Aker prevención está preparando los cursos de formación iniciales y periódicos adecuados para la utilización de estos dispositivos y les mantendrá informados.

Quedamos a su disposición para cualquier duda o aclaración (911 385 868 <akerprevencion@akerprevencion.com>)