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Nuevo Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción

El día 21/09/2017 se ha publicado en el BOE el VI Convenio General del Sector de la Construcción, con una vigencia de cinco años

Aparte de regular las condiciones salariales, tiempos de trabajo, clasificación profesional, régimen disciplinario y otros aspecto derivados de la actividad, se regula también todo lo relativo al área de formación en prevención de riesgos laborales de los trabajadores afectados por esta norma.

En el propio preámbulo del Convenio se indica que los partes firmantes son conscientes de la necesidad de continuar una política operativa en materia de prevención de riesgos profesionales, de adoptar las medidas necesarias para la eliminación o reducción de los factores de riesgo y de la consiguiente disminución de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales en las empresas, así como del fomento de la información y formación de los trabajadores y de sus representantes.

En materia de reconocimientos médicos, que son OBLIGATORIOS, no se establecen novedades en relación con el anterior Convenio.

Respecto a los Primeros Auxilios, el artículo 226 del Convenio establece que será responsabilidad del empresario garantizar que los primeros auxilios puedan prestarse en todo momento por personal con la suficiente formación para ello. Asimismo, deberán adoptarse medidas para garantizar la evacuación, a fin de que puedan recibir cuidados médicos los trabajadores accidentados o afectados por una indisposición repentina.

Se incorporan tres nuevos cursos de formación en materia de Prevención de Riesgos Laborales, de 20 horas cada uno:

Trabajos de Soldadura
Montador de escayola, placas de yesolaminado y asimilados
Mantenimiento de maquinaria y vehículos

Es importante conocer a quien se aplica este Convenio. El propio artículo 3 del mimos, especificando su ámbito funcional, dice que el presente Convenio General será de obligado cumplimiento en todas las actividades propias del sector de la construcción, que son las siguientes:

Las dedicadas a la construcción y obras públicas.
La conservación y mantenimiento de infraestructuras.
Canteras, areneras, graveras y la explotación de tierras industriales.
Embarcaciones, artefactos flotantes y ferrocarriles auxiliares de obras y puertos.
El comercio de la construcción mayoritario y exclusivista.

En su Anexo I se hace una relación  de las actividades  incluidas, que son:


A- Las dedicadas a la Construcción y Obras Públicas, comprendiendo:

Albañilería.
Hormigón.
Pintura para decoración y empapelado.
Carpintería de armar.
Embaldosado y solado.
Empedrado y adoquinado.
Escultura, decoración y escayola.
Estucado y revocado.
Piedra y mármol, incluyéndose las fábricas y talleres de sierra y labra, tanto mecánica como manual.
Portlandistas de obra.
Pocería
Canteras, graveras y areneras, cuya materia se destine a construcción y obras públicas y no sean explotadas directamente por empresas constructoras.
Los trabajos que se realicen en los puertos, en tierra firme, muelles y espigones.
Fabricación de elementos auxiliares y materiales de la construcción para su exclusiva o preferente utilización y consumo, absorbiéndose en las propias obras toda o la mayor parte de dicha producción.
Regeneración de playas.
Movimiento de tierras.

B- Asimismo, quedan integradas en el campo de aplicación de este Convenio General, las empresas y los centros de trabajo que, sin estar incluidas expresamente en el Anexo I, tengan como actividad principal las propias del sector de la construcción, de acuerdo con el principio de unidad de empresa.

Aker Prevención es entidad homologada a NIVEL NACIONAL para impartir el catálogo formativo de la Fundación Laboral de la Construcción y la Fundación Laboral derl Metal. Además, exclusivamente para sus clientes, realiza sin coste alguno la gestión de las bonificaciones en FUNDAE  de los cursos impartifos, con cargo a los créditos formativos de cada empresa (la empresa se descontará de los seguros sociales el importe de la formación, hasta el límite de su crédito).

Le recordamos que todos los cursos homologados por la FLC y FMFE pueden ser bonificados, así como los cursos de primeros auxilios y emergencia que son también impartidos por Aker Prevención.

Si precisa cualquier curso, solicítelos en el número 914464968 o envíe un correo a la dirección adegaray@akerprevencion.com