
El 4 de diciembre se publicó en el BOE la Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible: En el ámbito laboral, establece para las empresas la obligatoriedad de disponer de planes de movilidad para los centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno, en el plazo de 24 meses desde la entrada en vigor de la ley . Los centros de trabajo de alta ocupación (más de 1.000 personas trabajadoras…) , deberán contar con medidas específicas que se indican en la Ley. Estos planes de movilidad deberán tener un: -Análisis de la movilidad de las personas trabajadoras. -Análisis de la siniestralidad en los desplazamientos. -Evaluación de los riesgos riesgos relacionados con la movilidad. Cualquier duda , rogamos contactes con tu Técnico de Prevención de AKER asignado o en adegaray@akerprevencion.com | |||